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Herramienta gratis

Contrato de consignación

Llena el formato y a un lado se arma un contrato de consignación entre tú y la tienda, en palabras claras: de quién es la mercancía, cómo se cuenta y se paga lo vendido, qué pasa con lo dañado o caducado y cómo se termina.

Todo pasa en tu navegador. Nada de lo que escribes se envía ni se guarda.

Es un punto de partida, no es asesoría legal. Léelo con la tienda, cambia lo que no coincida con cómo trabajan de verdad y, si hay montos importantes, que lo revise un abogado.

Tú (el consignante)
La tienda (el consignatario)

Uno por renglón, con su precio: el precio al público si la tienda se queda un porcentaje, o tu precio a la tienda si te compra a precio fijo.

Cómo gana la tienda

0 quiere decir que paga en la visita.

Tu contrato

Contrato de consignación

Contrato de consignación que celebran, por una parte, ____________________, a quien en adelante se le llama «el Consignante», y por la otra ____________________, a quien en adelante se le llama «el Consignatario», al tenor de las siguientes cláusulas:

PRIMERA. Objeto.

El Consignante entrega al Consignatario, en consignación, los productos que se enlistan a continuación, para que los venda al público en su establecimiento:

  • ____________________
  • ____________________
  • ____________________

SEGUNDA. Propiedad de la mercancía.

La mercancía sigue siendo propiedad del Consignante hasta que se vende al público. El Consignatario no puede venderla a otro comercio, darla en garantía ni retirarla de su establecimiento para un fin distinto al de este contrato.

TERCERA. Precio.

El Consignatario venderá cada producto al precio al público acordado en la lista anterior y conservará como comisión el 25 % de cada venta. Por cada pieza vendida pagará al Consignante el 75 % restante.

Cualquier cambio de precio se acordará por escrito, por mensaje si así lo prefieren, antes de aplicarse.

CUARTA. Conteo y liquidación.

Las partes contarán juntas la mercancía en existencia cada quince días, en la visita del Consignante. Lo vendido es lo que había al terminar la visita anterior menos lo que queda en ese conteo, y es lo único que se liquida. La mercancía que el Consignante entregue en esa misma visita se liquidará hasta que un conteo posterior diga cuánto de ella se vendió.

Cada entrega y cada conteo se documentarán con una nota de remisión o recibo firmado por quien recibe.

QUINTA. Pago.

El Consignatario pagará lo vendido en la misma visita en que se haga el conteo, en efectivo o por transferencia bancaria. Si el pago es por transferencia, se hará a la cuenta que el Consignante indique por escrito.

SEXTA. Mercancía dañada o caducada.

La mercancía que se dañe sin culpa del Consignatario, o que llegue a su fecha de caducidad o de consumo preferente, será repuesta por el Consignante sin costo, pieza por pieza, en la siguiente visita. Esas reposiciones no se cobran ni cuentan como venta.

El Consignatario retirará de la venta los productos caducados o dañados y los guardará para que el Consignante los recoja en su visita.

SÉPTIMA. Cuidado y pérdida.

El Consignatario exhibirá los productos en un lugar visible y los conservará en las condiciones que indique el Consignante. Mientras la mercancía esté en su establecimiento, el Consignatario responde por robo, extravío o daño causado por él o su personal; esa mercancía se paga como vendida.

OCTAVA. Vigencia y terminación.

Este contrato estará vigente por 6 meses a partir de su firma y se renovará por periodos iguales si ninguna de las partes avisa lo contrario.

Cualquiera de las partes puede darlo por terminado en cualquier momento, avisando por escrito a la otra con 15 días naturales de anticipación.

NOVENA. Devolución de la mercancía no vendida.

Al terminar el contrato se hará un último conteo. El Consignatario pagará lo vendido conforme a la cláusula de pago y devolverá la mercancía no vendida dentro de los 7 días naturales siguientes; el Consignante la recogerá en el establecimiento.

DÉCIMA. Jurisdicción.

Para la interpretación y cumplimiento de este contrato, las partes se someten a las leyes aplicables y a los tribunales competentes de ____________________, y renuncian a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.

Leído el presente contrato y enteradas las partes de su contenido y alcance, lo firman por duplicado en ____________________, el ____________________.

El Consignante

Nombre y firma

El Consignatario

Nombre y firma

Lo que un contrato de consignación tiene que dejar claro

En la venta a consignación la tienda no te compra la mercancía: la exhibe, la vende y te paga lo que se vendió. Lo que queda sigue siendo tuyo. El contrato sirve para que eso quede claro antes del primer desacuerdo, no después.

  • De quién es la mercancía mientras no se vende.
  • Cuánto gana la tienda: un porcentaje, o la diferencia sobre un precio fijo.
  • Cada cuándo se cuenta y cuándo se paga lo vendido.
  • Qué pasa con lo dañado o caducado.
  • Quién responde por robo o pérdida en la tienda.
  • Cómo se termina y cómo regresa lo que no se vendió.

Lo que más nos preguntan

¿Qué es un contrato de consignación?
Es el acuerdo entre un productor (el consignante) y una tienda (el consignatario) en el que la tienda vende la mercancía del productor sin comprarla antes, y paga solo lo que se vende. La mercancía sigue siendo del productor hasta que un cliente la compra.
¿Qué porcentaje se queda la tienda en consignación?
No hay una cifra fija. En tiendas pequeñas es común que ande entre el 20 % y el 40 % del precio al público, según el giro y quién se encarga de surtir. Pon el que acordaron: el contrato solo lo deja por escrito.
¿En qué se diferencia de venderle a la tienda de contado?
Si le vendes de contado o a crédito, la tienda compra la mercancía y corre el riesgo de que no se venda. En consignación la mercancía sigue siendo tuya y te pagan solo lo vendido, así que el conteo de cada visita decide la cuenta.
¿Quién paga la mercancía robada o dañada?
En este modelo, lo que se daña sin culpa de la tienda o caduca lo repones tú sin costo y nunca se cobra. Lo que se roba, se pierde o daña la tienda o su personal, la tienda lo paga como vendido. Cámbialo si acordaron otra cosa.
¿Este contrato es asesoría legal?
No, no es asesoría legal. Es un punto de partida razonable para un productor pequeño y una tienda, escrito en palabras claras. Si hay montos importantes, que lo lea un abogado antes de firmar.
¿Se guarda lo que escribo?
No. El contrato se arma en tu navegador. No se nos envía nada y nada se guarda, así que cópialo o imprímelo antes de cerrar la página.

Artisanly lleva la cuenta que dice el contrato

El contrato dice: contar, cobrar lo vendido y reponer gratis lo dañado. En Artisanly eso es un conteo por visita: lo vendido se calcula solo, las reposiciones gratis quedan registradas y nunca se cobran, los pagos y saldos se llevan por tienda, y el recibo se imprime ahí mismo, frente al anaquel.

Gratis con menos de 25 tiendas. Sin tarjeta para empezar.

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